Por Greta
Honorio
(Primera
Parte)
Hola,
hola, todos sabemos que muchas de nuestras leyes no se cumplen, parecen estar
muertas y quedan solo en el papel. Pero esto puede cambiar si cada uno de
nosotros nos interesamos en conocer las obligaciones de nuestras autoridades
para poder exigir nuestros derechos. Por ello, esta semana vamos a repasar cuáles
son las obligaciones en el tema cultural de nuestras autoridades locales (alcaldes,
gerentes y regidores) según la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el capítulo
82. Arts. 12, 19 y 20 dice que son sus
funciones:
*Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación,
dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos,
históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales
competentes para su identificación, registro, control y conservación y
restauración. (12)
*Promover actividades culturales diversas. (19)
*Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática y
fortalecer la identidad cultural de la población campesina, nativa y afro-peruana.
Si nos
ponemos a evaluar cuánto realizan las gerencias de cultura, cuántas ordenanzas
han planteado los regidores para viabilizar y hacer cumplir lo estipulado en la
Ley Marco, estoy segura que muy poco o casi nada se ha hecho. Pero si
aprendemos a trabajar en forma coordinada y participativa, podremos estar
alertas y quizá podamos aportar para que estas leyes se cumplan. Después de
todo, somos las mayorías los interesados en fortalecer nuestra cultura.
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